La Corte Constitucional de Ecuador decidió este viernes suspender de manera cautelar la convocatoria realizada por el presidente Daniel Noboa para celebrar un referéndum consultivo que permitiría iniciar el proceso de instalación de una Asamblea Constituyente. La medida responde a que la convocatoria fue emitida sin contar con el dictamen previo y favorable de ese tribunal, requisito esencial según la normativa vigente.
El presidente Noboa firmó el decreto ejecutivo para la consulta popular sin remitir antes las preguntas a la Corte Constitucional, paso que la Constitución exige para garantizar la constitucionalidad de la propuesta. Según el alto tribunal, un referéndum solo puede convocarse después de que éste emita un dictamen sobre las preguntas planteadas, trámite que no se cumplió en esta ocasión.
La decisión presidencial profundiza la confrontación entre el Ejecutivo y la Corte, que previamente había bloqueado cinco de las ocho preguntas planteadas por Noboa en una consulta popular anterior. El mandatario acusó al tribunal de “activismo político” por limitar leyes y estados de excepción destinados a fortalecer la seguridad ciudadana. Sin embargo, en su comunicado, la Corte aclaró que no busca bloquear ninguna iniciativa ciudadana, sino proteger el orden constitucional y los derechos de todos los ecuatorianos.
Tras la suspensión cautelar, los nueve jueces de la Corte Constitucional continuarán el análisis de las acciones de inconstitucionalidad presentadas contra la convocatoria con independencia, celeridad y transparencia. El órgano se pronunciará de forma definitiva una vez concluido ese trámite, mientras el Ejecutivo evalúa sus próximos pasos para impulsar la reforma de la carta magna.