Según el dictamen del juez electoral, el excontralor Pablo Celi ha sido hallado responsable de una infracción grave por su intervención en el funcionamiento de la Función Electoral. Celi ha sido sancionado por su participación en el Caso Las Torres y se encuentra bajo proceso en el Caso China CAMC.
El juez del Tribunal Contencioso Electoral (TCE), Fernando Muñoz, ha impuesto una multa de USD 20,000 a Pablo Celi, excontralor General del Estado, por una infracción grave en materia electoral, además de suspender sus derechos políticos por un período de cuatro años.
La multa impuesta equivale a 40 salarios básicos unificados, según el valor vigente al momento de la comisión de la infracción. El pago deberá realizarse en un plazo máximo de 120 días, depositándose en la cuenta de «Multas» del Consejo Nacional Electoral (CNE), una vez que la sentencia se vuelva ejecutoria.
Según lo establecido en el artículo 279 del Código de la Democracia, las infracciones electorales muy graves pueden ser sancionadas con multas que van desde 21 hasta 70 salarios básicos unificados, así como con destitución y/o suspensión de derechos de participación política por un período de dos a cuatro años.
En el caso de Celi, el juez Muñoz determinó que su intervención como autoridad externa en la Función Electoral constituyó una interferencia en su adecuado funcionamiento. Por consiguiente, se ha solicitado al Ministerio de Trabajo que registre la inhabilitación del excontralor para ejercer cargos públicos.
Durante su mandato como Contralor General del Estado, Celi respaldó un informe de auditoría elaborado por Manuel Santiago Araujo, director nacional de Auditoría Interna del Consejo Nacional Electoral, y ordenó la implementación de las recomendaciones establecidas en dicho informe.
Araujo fue el responsable de redactar el informe de auditoría que recomendaba la exclusión de varios movimientos políticos nacionales del registro oficial. Sin embargo, el juez electoral lo absolvía de cualquier responsabilidad.
La denuncia contra Celi se basó en su presunta participación en una infracción electoral muy grave, según lo estipulado en el artículo 279, numeral 7 del Código de la Democracia, que prohíbe la interferencia en el ejercicio de las funciones de los órganos que conforman la Función Electoral.
Se demostró que, a través de un informe emitido por la Contraloría, Celi ordenó al Consejo Nacional Electoral revocar resoluciones que otorgaban reconocimiento legal a varios movimientos políticos de alcance nacional, lo cual se consideró una intromisión directa en las competencias exclusivas del CNE.
Entre los movimientos afectados se encontraban: Justicia Social, Podemos, Libertad es Pueblo y Fuerza Compromiso Social. La Contraloría General del Estado instó al Consejo Nacional Electoral y a su presidenta a intervenir en este sentido.
Luisa González, presidenta de la Revolución Ciudadana, a través de su representante legal, solicitó acceso al expediente de este caso. El fallo fue notificado a todas las partes involucradas, incluyendo a Celi, Araujo, la Procuraduría y a la ingeniera Vanessa Freire.
Además de las sanciones electorales, Celi ha sido condenado a 13 años de prisión por delincuencia organizada en el Caso Las Torres y enfrenta cargos en el Caso China CAMC por presunto cohecho. Se le acusa de beneficiar a la empresa China CAMC Engineering con el desvío de una glosa de USD 22.6 millones en 2019.
El exfuncionario fue liberado de la Cárcel 4 de Quito el 12 de abril de 2022, donde cumplía prisión preventiva por el Caso Las Torres, para cumplir arresto domiciliario en su residencia debido a su condición de adulto mayor.